jueves, 28 de agosto de 2008

Entra en vigor Ley Antitabaco

Pues si, hoy 28 de Agosto entra en vigor la Ley General para el Control del Tabaco (Ley Antitabaco) a nivel nacional. Eso para mi es una vil discriminación para los fumadores pero pues que chingaos se le va a hacer, ni modo, tendre que encontrar otro vicio que no sea tan criticado...me pregunto si las drogas, ultimamente se enfocan mas en su venta que en su consumo, quizá si uso drogas deje de escuchar 55 veces x día que me voy a morir por alguna enfermedad relacionada con eso (o deje de importarme, una de dos).



Bueno volviendo al punto aqui les dejo los terminos generales de esta nueva ley (por suerte nos fue mejor que a los chilangos, no va a ser nesearia una terraza para poder fumar en restaurantes y bares, con un área designada bastara).

Decálogo de la Ley General para el Control del Tabaco

1. Garantiza el derecho constitucional a la protección de la salud, al proteger a los menores y a los mayores no fumadores de la exposición al humo del tabaco, y también busca contribuir a que los fumadores se alejen de los productos del tabaco y de los efectos de la nicotina.

2. Establece nuevas bases para el empaquetado y etiquetado de los productos del tabaco, al obligar a los productores a incluir pictogramas, imágenes de advertencia y leyendas que hagan notar el daño provocado por el consumo del tabaco y la nicotina.

3. Protege a las personas de la exposición voluntaria o involuntaria al humo del tabaco al crear los "espacios 100% libres de humo", lugares en áreas cerradas de acceso al público en los que queda prohibido el consumo de cualquier producto del tabaco.

4. Fomenta la difusión de los riesgos, hoy comprobados científicamente, que provoca el consumo de los productos del tabaco y la exposición al humo del tabaco.

5. Limita la publicidad de los productos de tabaco, al permitirlo solamente en revistas para adultos para tratar de disminuir la probabilidad de que los menores se acerquen a los productos del tabaco.

6. Impide la distribución de los productos del tabaco como forma de promoción, así como todo patrocinio de eventos por parte de la industria tabacalera.

7. Prohíbe la manipulación de productos del tabaco en los establecimientos, que ahora, deberán contar con licencia sanitaria para su comercializarlos.

8. Endure las medidas para la importación de los productos del tabaco para combatir el comercio ilícito de dichos productos.

9. Amplía y reafirma, en conjunto con la sociedad civil, el Programa contra el Tabaquismo como
un programa integral de información, prevención, cooperación y asesoría especializada para prevenir el consumo del tabaco.

10. Impone obligaciones de transparencia a las compañías tabacaleras para que entreguen a la autoridad sanitaria la información técnico-científica sobre el contenido de los productos del tabaco, sus ingredientes y los efectos de los mismos, a fin de alertar a los posibles consumidores de los efectos nocivos en su salud.

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